El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) ha propuesto una reforma regulatoria crucial para optimizar y agilizar los procedimientos de cierre de minas en Perú, introduciendo plazos estrictos y auditables a lo largo del proceso. Mediante el proyecto de Decreto Supremo N.º 317-2025-MINEM/DM, se plantea que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) realice sus fiscalizaciones de campo en un plazo máximo de 45 días calendario.
Esta modificación responde a graves deficiencias estructurales: entre 2023 y julio de 2025, el tiempo efectivo de evaluación de planes de cierre nuevos llegó a 196 días hábiles, y en el ejercicio actual, ningún plan de cierre de minas fue aprobado dentro del plazo legal previsto (0% de cumplimiento).
Nuevos plazos rigurosos para la DGAAM y reguladores
La reforma, que modifica los artículos 13 y 32 del Reglamento para el Cierre de Minas, busca transformar los procedimientos, que históricamente han excedido con creces los plazos previstos (40 días hábiles en promedio real de 110 días).
La propuesta establece plazos secuenciados y diferenciados:
| Etapa del procedimiento | Plazo máximo propuesto |
| Fiscalización de Campo del OEFA | 45 días calendario |
| Remisión de Informe del OEFA | 90 días (prorrogables 30 días por complejidad) |
| Admisibilidad (DGAAM) | 5 días hábiles |
| Evaluación de Modificaciones (DGAAM) | 30 días hábiles |
| Evaluación de Planes Nuevos/Actualizaciones (DGAAM) | 45 días hábiles |
Además, se establece que el requerimiento de información complementaria será único y no prorrogable (con un máximo de 10 días para responder), eliminando la multiplicidad de solicitudes que generaba los retrasos. Osinergmin también deberá expedir su propio reglamento de plazos.
El agravamiento en el cierre final
El documento del MINEM señala que los retrasos son aún más severos en la etapa de emisión del Certificado de Cierre Final, donde el OEFA revisa la culminación de las obras. Casos recientes muestran extensiones que van de 1,094 días (Depósito Atalaya) hasta 3,998 días (Depósito Rímac), muy por encima de los límites legales.
El objetivo final de la propuesta es introducir la obligatoriedad de plazos claros y auditables para los organismos técnicos, abordando la ausencia de una estructura de tiempo definida y la carencia de plazos obligatorios para la emisión de informes por parte del OEFA y Osinergmin.

















