El Poder Ejecutivo ha ratificado hoy, mediante la publicación de la Ley Nº 32537 en el diario oficial El Peruano, la ampliación de la vigencia del Registro Integral de Formalización Minera (REINFO). La norma extiende el plazo hasta diciembre de 2026 o, en su defecto, hasta que se implemente la nueva Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) y su reglamento, prevaleciendo lo que ocurra primero.
La ley, que modifica el Decreto Legislativo 1293, busca una transición ordenada hacia el nuevo marco legal. Para ello, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) deberá enfocar sus esfuerzos en la simplificación de procedimientos y el fortalecimiento de la supervisión ambiental y social.
Cronograma de implementación y control de datos
La normativa no solo amplía plazos, sino que introduce mecanismos de control de cumplimiento obligatorio para los operadores mineros.
- Censo Nacional Minero: Coordinado por el INEI, el MINEM y el Ingemmet. Debe iniciarse en un máximo de 6 meses y concluir en un periodo no mayor a 12 meses.
- «Sinceramiento» de Ubicación: Los inscritos en el REINFO tienen un plazo perentorio de 120 días calendario para reportar su ubicación real y georreferenciada a través de la Ventanilla Única.
- Validación Técnica: El MINEM verificará la exactitud de los yacimientos y actividades reportadas para evitar inconsistencias en el registro.
Fiscalización laboral y traspaso de competencias
Un aspecto crítico de la Ley Nº 32537 es el enfoque en la formalidad laboral y la centralización administrativa:
- Exigencia de Planilla: La Sunafil dispone de 60 días para emitir las disposiciones que obliguen a los titulares del REINFO a formalizar a sus trabajadores en planilla, bajo la normativa vigente.
- Centralización de Información: Los gobiernos regionales tienen un plazo de 60 días calendario para transferir todo el acervo documentario (físico y digital) al MINEM. El incumplimiento de este traspaso acarreará responsabilidad funcional para los servidores públicos.
| Acción Obligatoria | Entidad Responsable | Plazo Establecido |
| Reporte de ubicación real | Mineros REINFO | 120 días calendario |
| Normativa de fiscalización laboral | Sunafil | 60 días calendario |
| Transferencia de acervo documentario | Gobiernos Regionales | 60 días calendario |
| Inicio del Censo Nacional Minero | INEI / MINEM | Máximo 6 meses |
Contexto político
La norma lleva la rúbrica del presidente de la República, José Jerí, y del presidente del Consejo de Ministros, Ernesto Álvarez, marcando una hoja de ruta definitiva para el cierre del actual sistema de formalización y la migración hacia el modelo MAPE.

















